VALLADOLID, 9 Ene.
La Audiencia de Valladolid ha absuelto al gestor de la mercantil Explotación Agrícola Jaramiel, C.M.G, cuya administración entre 2013 y 2018 había sido analizada frente al supuesto desvío a su bolsillo cerca de 300.000 euros al remunerar su labor, más allá de no estar contemplado en estatutos, y tener fondos para costos personales de todo género, como de esta forma le imputaban las acusaciones pública y especial, ejercida esta última por su hermana.
En su fallo, al que tuvo ingreso Europa Press en fuentes jurídicas, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial exculpa de todos y cada uno de los cargos al gestor, al que se imputaban delitos de apropiación incorrecta continuada, administración desleal, los dos en certamen medial con un delito societario, y un delito continuado de falsedad en archivo mercantil.
"No existe prueba fehaciente de que los costos entre 2013 y 2018, que se le imputan como defraudados, puesto que son personales y se le imputaron a la sociedad, fueron semejantes, ni tampoco que se desconocieran por la querellante y su familia", recopila la sentencia a la que tuvo ingreso Europa Press en fuentes jurídicas.
Pero además de esto, el tribunal refiere que todo el catálogo que las acusaciones aportan, entendiendo que hablamos de costos personales en la cuenta bancaria de la sociedad, explicados, no se acredita que lo sean. "Los costos están, se han documentado, se reconocen aun, como encausados, varios de ellos, a la cuenta de la sociedad, otros no, pero lo sucedido es que se hacían con conocimiento y permiso de toda la familia".
El acusado era gestor único hasta su cese el 13 de septiembre de 2018 por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de la mercantil. Las acusaciones pública y especial mantenían que su tarea era de carácter gratis y más allá de ello se retribuyó a sí mismo a lo largo de ese periodo de tiempo, sin que tal circunsancia fuera famosa por los asociados.
Asimismo le imputaban que a fin de aparentar que estos cobros estaban justificados, creó 'ad hoc' nóminas como pago de sueldos por cuenta extraña y en exactamente las mismas se atribuyó falsamente el cargo de gerente, mientras que efectuó la pertinente retención del IRPF, que ingresaba en la Agencia Estatal Tributaria (AEAT), tal es así que llegó a contar con a favor suyo por este término un total de 253.600 euros.
Pero además de esto, la defensa del encausado, ejercida por el letrado Javier Garicano, debió rebatir otro género de acusaciones como que su cliente había preparado de fondos de la sociedad para costos de carácter personal, hasta un total de 40.428 euros, ciertos a través de cargos completados de forma directa en la cuenta de la que era titular de mercantil y otros a través de pago con la tarjeta de crédito socia a ella y donde consta como titular el gestor.
Los inculpadores le recriminaban penalmente haber designado ese dinero a costos completados por el pago de carburante, estancia en hoteles, compras en mercados, decoración y viajes en tren, entre otros muchos, como el alquiler de una plaza de estacionamiento en la calle López Gómez que pagaba con dinero de la mercantil y que empleaba para empleo especial.
"Es verdad que hay costos de Renfe, hoteles...que semeja solo cabe atribuir al acusado como personales, pero asimismo lo es que el resto de los familiares, incluyendo la querellante, gozaban de los resultados positivos de la explotación agrícola, donde el acusado trabajaba en única, para sus cuestiones personales", advierte el tribunal para basar aún mucho más su fallo absolutorio.