Crónica Castilla y León.

Crónica Castilla y León.

Castilla y León 2026: Compensación de 76,41 euros para los miembros de mesas electorales.

Castilla y León 2026: Compensación de 76,41 euros para los miembros de mesas electorales.

VALLADOLID, 29 de enero.

El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha dado luz verde este jueves a un decreto que regulará las compensaciones económicas para el personal que colabore en la organización de las elecciones a las Cortes Regionales, programadas para el 15 de marzo de 2026. Se establece que cada miembro de las mesas electorales recibirá una remuneración de 76,41 euros.

Este decreto fija claramente las compensaciones para los diversos grupos que participan en el proceso electoral, incluyendo a los integrantes de las juntas electorales, el personal auxiliar, funcionarios públicos y trabajadores municipales que intervengan en los comicios, cuyas funciones no están cubiertas por sus salarios habituales.

Además, la normativa contempla ajustes en las compensaciones, alineados con los aumentos salariales aprobados desde las últimas elecciones autonómicas. El texto también asegura que se proporcionará cobertura ante cualquier riesgo asociado a la realización de estas funciones electorales.

Las elecciones de 2026 se llevarán a cabo sin coincidencias con otros procesos electorales, y la promulgación de este decreto es un paso significativo en la planificación administrativa de los comicios, según ha señalado el gobierno regional. Se prevé que la norma sea publicada la próxima semana en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Además, el Consejo de Gobierno ha autorizado un manual de instrucciones destinado a los integrantes de las mesas electorales para los próximos comicios autonómicos, con el objetivo de garantizar un desarrollo ordenado y eficaz de las elecciones a las Cortes.

Este manual, que cuenta con la supervisión de la Junta Electoral Central y la validación de la Junta, proporciona una guía exhaustiva para las funciones tanto de presidencia como de vocalías durante la jornada electoral, abarcando desde la constitución de la mesa al inicio de la jornada hasta el término del escrutinio y entrega de toda la documentación correspondiente.

El texto incluye directrices sobre la verificación del material electoral, la identificación de los votantes, el cierre de los colegios, el conteo de votos, la correcta cumplimentación de actas oficiales, y establece normas incidencias de orden público, así como la gestión de interventores y apoderados.