Dos de los seis implicados en la agresión a un joven homosexual en Pozaldez irán a prisión, según el TSJCyL.
VALLADOLID, 3 de febrero.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia de un total de un año y ocho meses de prisión para Álvaro F.L. y su sobrino Diego. Este fallo se refiere a la agresión ocurrida en Pozaldez durante las fiestas locales, donde un joven sufrió lesiones tras recibir un puñetazo de Álvaro, y posteriormente, su sobrino le pateó mientras estaba en el suelo.
En su fallo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por los condenados, ratificando la decisión de la Audiencia de Valladolid que les encontró culpables de un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad. Además de la pena privativa de libertad, se impuso una orden de alejamiento del denunciante por un periodo de dos años y ocho meses, así como una prohibición de comunicación.
Los condenados deberán, además, indemnizar a la víctima con un total de 1.400 euros, junto con los gastos relacionados con el tratamiento dental que precise, siempre que se justifique mediante factura.
A pesar de la condena, la primera instancia absolvió a Álvaro y su sobrino del delito de odio y discriminación, así como a otros cuatro jóvenes que estaban implicados en el incidente. El tribunal consideró que no había pruebas suficientes para afirmar que la agresión fue motivada por la orientación sexual de la víctima, ya que al principio, el propio denunciante no identificó un motivo claro para el ataque.
Los magistrados subrayaron que les sorprendió la falta de claridad de la víctima y sus amigas al comunicar a la Guardia Civil lo sucedido, ya que no mencionaron en el momento de los hechos que la violencia tuviera un trasfondo homofóbico. Aunque una testigo sugirió esta posibilidad, las demás amigas negaron haber escuchado insultos relacionados con la orientación sexual antes del ataque.
Francisco José M.S., la víctima, durante el juicio describió cómo una agresión inesperada cambió su vida para peor, dejándolo temeroso de salir y obligado a modificar su comportamiento cotidiano debido al temor a que se repita una situación similar.
En su relato, recordó que estaba disfrutando con sus amistades cuando, al girarse, escuchó un grito insultante antes de recibir el golpe. Sin embargo, admitió que no logró identificar a sus agresores, aunque mencionó que uno de ellos, Álvaro, era un viejo conocido del bar donde trabajaba.
Los representantes legales de los acusados mantuvieron en todo momento su versión de los hechos, alegando que la agresión no fue debida a un conflicto relacionado con la orientación sexual, sino a un malentendido que se originó entre grupos de jóvenes en ese instante. Sin embargo, los fiscales insistieron en el trasfondo homofóbico del ataque, argumentando que la situación tenía claras implicaciones de odio hacia la condición sexual del denunciado.
Aun cuando la acusación solicitó penas más severas, la defensa de Álvaro se vio obligada a modificar su demanda inicial y pedir una multa ligera, mientras que otros acusados se mantuvieron firmes en su petición de absolución. Las diferencias entre versiones y la falta de coordinación entre los relatos ofrecidos crearon un debate intenso en el juicio, prueba de la complejidad del caso.
Finalmente, el abogado de defensa se centró en cuestionar la motivación sexual de la agresión, argumentando que la raíz del conflicto se encontraba en una serie de empujones entre los grupos de jóvenes, algo que fue considerado por el tribunal al emitir su sentencia.
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