• miércoles 29 de marzo del 2023

El acusado de la desaparición de su mujer a navajadas de Valladolid llega a un convenio para asumir el homicidio

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A falta de unos "flecos", el acercamieto de posiciones evitaría la celebración del juicio con jurado sosprechado para este viernes

VALLADOLID, 28 Feb.

El vecino de Valladolid acusado del asesinato de su mujer, África C.B, ocurrido en el mes de junio de 2021 a navajadas en el chalé familiar llegó a un pricipio acuerdo para asumir una condena por asesinato, con lo que, a falta de cerrar unos "flecos", no sería exacto festejar el juicio con jurado sosprechado desde el próximo viernes, 3 de marzo, en la Audiencia Provincial y que se iba a alargar hasta el día 20 del mismo mes.

El principio en concordancia piensa que el encausado, José Javier de C.F, se reconocería creador de los hechos, aceptaría el delito de asesinato, con las agravantes de alevosía y ensañamiento, y la atenuante derivada de su propósito de indemnizar a sus 2 hijas. Además, la acusación habitual ejercida por Clara Campoamor, retiraría la agravante de género, según detallaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Los hechos se generaron el 21 de junio del pasado año en una casa unifamiliar de la calle Montreal de la urbanización de Santa Ana de Valladolid, donde el acusado acuchilló en varias oportunidades a su mujer, con la que tenía 2 hijas de 18 y 16 años. Estaban en trámites de separación y no había habido demanda anterior por pésimos tratos.

El aún presunto responsable, un técnico de la Agencia Tributaria en Valladolid, se exponía a una viable condena de 25 años por asesinato con la agravante de vínculo, así como piden tanto el fiscal como la acusación especial, representada por las hijas del matrimonio, y ámbas acusaciones populares presentadas en la causa, la Asociación Clara Campoamor y la Junta.

Asimismo se pide la privación de la patria potestad sobre entre las hijas, la menor, y la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros respecto de ámbas hijas, su residencia y su rincón de estudios o de trabajo a lo largo de 30 años y de estar comunicado con ellas por cualquier medio o trámite a lo largo del mismo tiempo.

En temas de compromiso civil, el fiscal pide que el acusado indemnice al Sacyl en la cantidad 729,68 euros por los costos derivados de la asistencia sanitaria prestada a la fallecida y que, en término de daños morales, abone a todas ámbas hijas de la víctima 85.000 euros, 17.000 euros a todos sus cinco hermanos y 43.000 euros a su padre.

La representación legal de las hijas, por su lado, solicita 193.287,28 euros de indemnización para una de ellas y 197.643,53 para la otra.

La defensa, por el contrario, negaba hasta la actualidad que los hechos fuesen constitutivos de delito de asesinato y los calificaba de un delito consumado de lesiones o, subsidiariamente, de un delito de homicidio en nivel de tentativa, concurriendo en los dos casos la coyuntura de vínculo, tal como la atenuante de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado ardiente de entidad similar y, únicamente en relación a la tentativa de homicidio, la explicación absolutoria incompleta de desistimiento voluntario pasivo del creador.

De esta forma, pedía provisionalmente por el delito consumado de lesiones una lástima de prisión de cinco años y, subsidiariamente, por de homicidio en nivel de tentativa una lástima de prisión de siete años y medio y, en temas de compromiso civil, indemnizaciones a todas sus hijas de 42.500 euros.

Desde octubre de 2020, la convivencia entre los esposos estaba muy estropeada, hasta el punto de que no comían juntos y solamente se dirigían la palabra, salvo para sostener continuas discusiones que acostumbraban a empezar por cualquier fundamento sin relevancia y derivar hacia reproches que el acusado dirigía a ella sobre dado que ésta no trabajase y no aportase, por consiguiente, capital a la economía familiar.

Por último, sobre las 16.30 horas del día 21 de junio de 2021, el acusado y mujer entablaron una de estas discusiones en el salón, situado en la planta baja de la vivienda, en cuyo transcurso él se dirigió a la cocina de donde cogió 2 cuchillos, uno de 215 mm de hoja monocortante y otro de 285 mm de hoja monocortante, y regresó al salón.

Fue en tal dependencia donde, de manera inesperada y también inopinada tiró a su mujer al suelo y empleando los dos cuchillos le asestó varias puñaladas por todo el cuerpo con ánimo de terminar con su historia, sin que ella tuviese ocasión alguna de defenderse, y asimismo para aumentar el mal de la víctima.

Las hijas del matrimonio, que estaban en la planta superior de la vivienda, al oír los chillidos de su madre pidiendo asistencia, bajaron al salón y vieron al acusado con los cuchillos en las manos, sobre su madre, que se encontraba tendida en el suelo.

Entre las hijas, emocionada por la escena, procedió a salir corriendo de la vivienda, al tiempo que la otra empezó a pegar a su padre en la espalda para intentar sacarle de encima de su madre, sin lograrlo.

En ese instante, la víctima solicitó a su hija que llamara a la policía, con lo que ella subió a la segunda planta de la vivienda para coger el móvil. Cuando la hija bajaba por la escalera con el teléfono, se cruzó con el acusado, que subía con los cuchillos en la mano, y que le que se había acabado todo.

Ahora, el acusado se encerró en el baño de la habitación de matrimonio donde se ingresó en la bañera, que llenó de agua, procediendo a autoinfligirse lesiones superficiales en las dos muñecas.

Poco después, llegaron al sitio lo servicios de urgencia sobre aviso por la hija y tras poder reanimar a la víctima la trasladaron al hospital, donde fueron inútiles los intentos del personal médico para socorrer la vida de la víctima, que al final murió a las 20 horas de ese día.

Dicho fallecimiento se causó a consecuencia del shock hemorrágico causado por las múltiples lesiones penetrantes de arma blanca descritas.

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