Concluye que las interrupciones producidas a lo largo de la sesión no tuvieron importancia jurídica ni dañaron a los debates del Proyecto de Ley
VALLADOLID, 26 Ene.
El Informe de los Servicios Jurídicos de las Cortes de Castilla y León ha avalado la actuación del presidente, Carlos Pollán, en el Pleno del pasado 23 de diciembre y ha concluido que las interrupciones producidas a lo largo de la sesión no tuvieron importancia jurídica ni dañaron a los debates del Proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas.
Y según informó este jueves el Parlamento autonómico, los Servicios Jurídicos estiman que tampoco alteraron ni condicionaron la independencia de los procuradores para pronunciarse sobre la aceptación o rechazo del referido Proyecto de Ley.
Este informe elaborado a solicitud del Grupo Parlamentario Socialista sobre ámbas suspensiones de la sesión decretadas por el presidente de las Cortes a lo largo del avance de la sesión plenaria conmemorada el 23
de diciembre se remitió ayer a los conjuntos parlamentarios frente a la celebración este jueves de la Junta de Portavoces que tiene sitio el día de hoy.
El informe jurídico de contestación a la solicitud socialista concluye que "resulta claramente bien difícil imaginar de qué forma la interrupción de una sesión plenaria que por último se reinicia y termina sustanciando todos y cada uno de los temas incluidos en su orden del día puede dañar de alguna manera el derecho de los integrantes de la Cámara a formar parte en las funcionalidades legislativas y de control al Gobierno atribuidas a esta, y en la situacion que nos ocupa en concreto, a discutir, a enmendar y concurrir con su voto a la aprobación o rechazo de los proyectos y proposiciones de ley".
En otras expresiones, agregan exactamente las mismas fuentes, las suspensiones del Pleno decretadas por el presidente de las Cortes "ni impidieron ni obstaculizaron de ninguna manera el derecho de los Procuradores y de los Grupos Parlamentarios a formar parte en el enfrentamiento del Proyecto de Ley de Medidas y a ejercer respecto de este su derecho a voto. A estos efectos, la supuesta vulneración del orden del producto 84 del Reglamento no tiene secuelas jurídicas".