Crónica Castilla y León.

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El TSJCyL clasifica el cáncer de un trabajador expuesto a químicos como enfermedad laboral.

El TSJCyL clasifica el cáncer de un trabajador expuesto a químicos como enfermedad laboral.

VALLADOLID, 16 de enero. La defensa de los derechos laborales ha alcanzado un hito importante en Castilla y León, tras una larga batalla legal que se remonta a 2018. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la región ha decidido confirmar que la incapacidad permanente total de un ex-empleado de Lingotes Especiales se debe a una enfermedad profesional provocada por su exposición a sustancias químicas cancerígenas en su entorno laboral.

La reciente sentencia del TSJCyL no ha dado lugar a lugar para dudas, ya que ha rechazado las apelaciones presentadas tanto por la empresa como por la Mutua Montañesa. De este modo, ha respaldado las decisiones anteriores emitidas por el Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid, que ya en diciembre de 2019 había fundamentado que la enfermedad del trabajador tenía su origen en las condiciones laborales de la empresa, hecho que fue posteriormente respaldado por el Tribunal Supremo.

UGT ha manifestado su satisfacción a través de un comunicado, subrayando la prolongada duración del proceso que ha abarcado más de seis años. Durante este tiempo, el trabajador se vio obligado a enfrentar múltiples recursos y retrasos, a pesar de que los tribunales ya habían verificado de forma reiterada la conexión entre su enfermedad y el entorno laboral en el que se desempeñaba.

Las resoluciones judiciales han establecido que, a lo largo de su trayectoria profesional en diversas áreas de la empresa, especialmente en machería y acabados, el empleado estuvo expuesto regularmente a aminas, limpiametales, resinas y otros contaminantes nocivos, incluyendo compuestos peligrosos como la dimetilformamida y el fenol, todos ellos mencionados en el cuadro de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006 por su potencial cancerígeno.

Los jueces han determinado que se cumplen todos los requisitos legales necesarios para aplicar la presunción de enfermedad profesional, desestimando las alegaciones de factores personales que podrían haber influido en la patología del trabajador, evidenciando así la relación directa con la exposición laboral.

La Sección Sindical de UGT FICA en Lingotes Especiales ha valorado esta resolución como un triunfo significativo, destacando que es un reconocimiento a la labor realizada en la defensa de la salud y los derechos de los trabajadores, además de reforzar el papel fundamental de la acción sindical en la propiedad.

Este caso también resalta el elevado costo personal y el desgaste temporal que enfrentan los trabajadores cuando el origen profesional de graves enfermedades es puesto en duda. La sentencia firme se considera un referente relevante para todo el sector industrial y, en particular, para el ámbito de la fundición.