Crónica Castilla y León.

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El TSJCyL confirma la inhabilitación de nueve años para el exalcalde de Villarino por actos de prevaricación.

El TSJCyL confirma la inhabilitación de nueve años para el exalcalde de Villarino por actos de prevaricación.

El reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha otorgado un giro definitivo en el caso del exalcalde de Villarino de los Aires, Julián Martín, quien ha sido condenado a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa. Esta resolución se produjo tras desestimar el recurso de apelación presentado por la defensa del exalcalde.

La sentencia ratifica la inhabilitación especial impuesta por la Audiencia Provincial de Salamanca, afectando no solo su capacidad para ejercer cargos públicos, sino también restringiendo su derecho a presentarse en futuras elecciones. En esencia, se ha confirmado que Martín actuó fuera de los márgenes legales que rigen la administración pública.

Según se expone en la resolución, Julián Martín cometió irregularidades al contratar a su hermano para el puesto de jefe de la cuadrilla de obras públicas del Ayuntamiento. Esta relación laboral se extendió durante tres años, a pesar de que el contrato original estaba destinado a durar solo dos meses y no cumplió con los procedimientos administrativos requeridos.

El contrato, que iba hasta 2018, incluía un salario alineado con las normativas del sector de la construcción, además de un plus por dedicación exclusiva. La Sala ha determinado que esta decisión administrativa fue arbitraria, al ignorar el deber de abstención por parentesco y eludir los necesarios protocolos de contratación pública.

A pesar de absolver al exalcalde de otros cargos relacionados con prevaricación y malversación de fondos públicos debido a la falta de pruebas, el tribunal ha dejado claro que contratar a su hermano representa una violación clara de la legalidad administrativa, careciendo de cualquier justificación válida.

La defensa de Martín argumentó que se habían vulnerado garantías procesales y que hubo errores en la evaluación de las pruebas. También afirmaron que la Audiencia no respondió adecuadamente a cuestiones sobre la nulidad de los procedimientos y que las diligencias complementarias se realizaron fuera de tiempo, defendiendo además la aparición inesperada del delito de malversación.

El TSJCyL ha rechazado estas alegaciones, sosteniendo que no hubo indefensión y que las irregularidades mencionadas no tienen peso en el ámbito jurídico. En cuanto a la valoración de las pruebas, el tribunal enfatizó que el acto de prevaricación se sustenta en hechos administrativos tomados sin la debida justificación y con pleno conocimiento de su ilegalidad.

El fallo subraya que la prolongación del contrato del hermano del alcalde fue realizada sin observar los procedimientos correctos, lo que pone en evidencia un intento deliberado de favorecer intereses personales por encima de los intereses públicos.

Con esta confirmación de la condena, Julián Martín queda inhabilitado de inmediato, impidiéndole desempeñar ningún cargo público ni presentarse a elecciones durante los próximos nueve años. Este fallo pone fin al proceso que se había iniciado en 2015, dejando un claro mensaje sobre la necesidad de la integridad en la administración pública.