ZAMORA, 17 Ene.
La Audiencia Provincial de Zamora ha rebajado la pena de prisión al culpado por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años tras la app de la Ley Orgánica diez/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, famosa como 'ley del solo sí es sí'.
El sujeto, que encaraba una condena de 12 años de prisión, deberá cumplir en este momento diez tras la revisión efectuada por solicitud de su defensa, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León obtenida por Europa Press.
Tras investigar el expediente, los jueces de la Audiencia Provincial concluyeron que la solicitud de revisión de la pena "no puede ser rechazada por estimar que, de ser editados los límites máximos y mínimos de una lástima por efecto de una reforma, hay que decantarse por la interpretación mucho más conveniente al reo".
Ha añadido la Sala que "no se hace empleo arbitrario alguno ni se realiza una exclusiva individualización de la pena", sino se aplica "el principio de proporcionalidad".
En virtud de esto, y sabiendo que la pena que le fue impuesta al acusado "lo fue en el mínimo de la penalidad asignada por la concurrencia de mitigantes", la Audiencia Provincial ha procedido a comprobar la pena y fijarla en diez años de prisión "de conformidad con la novedosa redacción".
El coche, eso sí, no va a ser estable hasta el momento en que concluya el período para enseñar recurso frente al Tribunal Supremo.
Esta situación en este momento inspeccionado se remonta hasta el año 2020, en el momento en que se dictó sentencia. En exactamente la misma se acreditaron como hechos probados que el acusado había agredido sexualmente de una individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta de forma continuada entre junio de 2015 y septiembre de 2017.
Lo hacía "sirviéndose de la relación de amistad que tenía con sus progenitores" y conminando a la menor con hacerla daño si se negaba a llevar a cabo lo que afirmaba. Bajo este modo de seguir, el culpado hirió sexualmente a la menor en el momento en que tenía diez, 11, 12 y 13 años.
"La forzaba a entrenar sexo oral mutuo y habitualmente lo grababa, procediendo a enseñarle los vídeos en sus siguientes encuentros", dictaba la sentencia.
Tras ofrecer los hechos por probados, la Audiencia Provincial de Zamora condenó en 2020 al acusado a 12 años de prisión, diez años de alejamiento a la víctima y una indemnización de 25.000 euros. Una pena rebajada en este momento hasta los diez años de prisión.
La Audiencia Provincial de Zamora dió a saber asimismo este martes que ha rechazado la revisión de una lástima para un culpado por 2 delitos de abuso sexual a una menor al que se condenó a tres años de prisión por cada delito.
La Sala ha comprendido que no procede por considerarse la pena mínima a la que puede confrontar.