ÁVILA, 4 de junio.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha decidido anular la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que fue aprobada por el Ayuntamiento de Ávila el pasado 31 de mayo de 2024. Como resultado, el gobierno local se verá obligado a revisar y volver a formalizar la ordenanza que regula esta medida.
En su resolución, el TSJCyL ha afirmado que el proceso no presenta señales de arbitrariedad ni de abuso de poder por parte del Consistorio. Sin embargo,. el tribunal ha detectado un “defecto de procedimiento” que implica la necesidad de reiniciar el proceso de aprobación de la ZBE.
Según el comunicado emitido por el Ayuntamiento y recogido por Europa Press, la sentencia establece que el proceso debió haber comenzado con la aprobación del Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) antes de avanzar a la ordenanza que regula la Zona de Bajas Emisiones, y no en el orden establecido previamente.
Esto significa que el Ayuntamiento debería haber priorizado la aprobación del PMUS, y posteriormente, elaborar la normativa que regule la ZBE. De acuerdo con la sentencia, se subraya la obligación de los ayuntamientos, incluidos los de Ávila, de adherirse a las normativas que establecen estas zonas, así como la responsabilidad de definir cómo gestionarlas.
En este sentido, la normativa aplicativa podría ser apreciada como “una ordenanza”. Además, el fallo menciona que la creación de la ZBE debe ser contemplada directamente en el PMUS.
Por otra parte, el Ayuntamiento ha señalado que la sentencia “rechaza las alegaciones presentadas por particulares” en relación a la ZBE de la ciudad, reafirmando la importancia de tener el PMUS aprobado previamente y que la ordenanza de la ZBE esté incluida en dicho plan, a diferencia del enfoque inicial que se adoptó.
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