Valladolid, 1 de enero. Este año, el calendario de aperturas comerciales para domingos y festivos de 2026 se inicia el 4 de enero, continuando el 11 de enero. Esta serie de aperturas llega justo a tiempo para la celebración de los Reyes Magos y el comienzo del periodo de descuentos.
El calendario fue oficializado el 16 de octubre en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) tras haber sido discutido en la reunión del Consejo Regional de Comercio, que se celebró el 1 de octubre. Los representantes de comercio se mostraron favorables a mantener un equilibrio entre la actividad comercial y la necesidad de descansos para los trabajadores.
Las aperturas autorizadas para este año incluyen el Jueves Santo, 2 de abril, así como los domingos 28 de junio y 5 de julio, coincidiendo con el periodo de rebajas de verano. También se han programado aperturas para el sábado 15 de agosto y el martes 8 de diciembre, junto con los domingoss 13, 20 y 27 de ese mes, en el marco de la campaña navideña.
El Consejo de Gobierno, a finales de septiembre, decidió "flexibilizar" la Ley de Comercio mediante la modificación de un decreto, con el fin de permitir que los comercios operen en festivos y así evitar cierres prolongados que puedan afectar a la actividad económica.
En virtud de esta nueva regulación, se habilita la posibilidad de apertura también en fechas no estipuladas en el calendario oficial, en caso de que se produzcan cierres prolongados por festividades locales. En tales situaciones, se priorizará la apertura los sábados, dado su potencial para atraer clientes, como explicó el consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo.
Además, se permite la apertura dominical en localidades con una rica tradición comercial, siempre que sea de manera voluntaria para los comercios y compensada con el cierre de un día laborable.
La norma también redefine lo que se considera tiendas de conveniencia. Estas deberán tener un área de venta de hasta 500 metros cuadrados y un horario mínimo de 18 horas diarias, con una limitación en la oferta alimentaria, que no podrá exceder el 50% del inventario y el 55% del espacio de venta. Estos establecimientos contarán con un plazo de seis meses para adaptarse a las nuevas disposiciones.
La finalidad de esta normativa, según Fernández Carriedo, es sincronizarla con los nuevos patrones de consumo y la evolución económica, social y tecnológica de la Comunidad.
El Decreto también introduce modificaciones respecto a las ventas promocionales, buscando ofrecer mayor claridad y proteger al consumidor. Se precisan los términos como "precio anterior" en las rebajas y se refuerza la obligación de que los productos en oferta hayan estado disponibles previamente en el mismo establecimiento. Asimismo, está prohibido incluir en rebajas artículos que son nuevos en el mercado o que han sido adquiridos con el fin de ser vendidos a precios inferiores.
Entre otros cambios, se simplifica el proceso para declarar una Zona de Gran Afluencia Turística, permitiendo horarios más flexibles y con una validez indefinida en general.
Finalmente, la normativa extiende hasta el 15 de enero la fecha límite para solicitar aperturas excepcionales, alineándose así con la intención de potenciar el comercio local y adaptarse a las demandas del consumidor moderno.
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