Crónica Castilla y León.

Crónica Castilla y León.

Muerte de mujer en explosión de Valladolid queda archivada por Instrucción 1 de la localidad

Muerte de mujer en explosión de Valladolid queda archivada por Instrucción 1 de la localidad

El Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid ha declarado el cierre del caso relacionado con la explosión y posterior incendio ocurrido el pasado 1 de agosto en el número 32 de la calle Goya, en el cual perdió la vida una mujer residente en el apartamento 1º C.

Según las investigaciones llevadas a cabo por la Policía Nacional, el incidente se considera un accidente, aunque el juez a cargo también señala que se encontró una manipulación en la canalización de gas del piso donde vivía la fallecida, la cual carecía de una soldadura en un empalme, lo que pudo haber causado la fuga y posterior explosión, tal como informa el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León citado por Europa Press.

De acuerdo con el auto judicial, se detectó que en el apartamento 1º C se registró un consumo de 52 metros cúbicos de gas, mientras que el promedio para ese piso y los demás con contrato era de 2.5 metros cúbicos. Además, se constató que la instalación se realizó en febrero de 2000.

El auto judicial también menciona que no se tiene constancia de que se haya realizado la prueba de presión (a unos 16 bares) que habría revelado la existencia de una tubería sin soldar. Tampoco se cuenta con registros de eventos entre los años 2000 y 2012 que brinden información sobre quién pudo haber modificado la instalación en caso de que haya tenido lugar, ni se encontraron pruebas de soldadura en la conducción de gas, donde se localiza el punto de fuga que originó la explosión debido a la baja presión del gas, lo que dificulta su detección.

Aunque la instalación no presentó problemas durante años, se plantea la posibilidad de que la instalación de una nueva encimera haya causado la pérdida de estanqueidad en la conducción. El juez concluye que si bien se pueden discutir las posibles responsabilidades de la empresa suministradora, instaladora, de mantenimiento y de aquellos encargados de comprobar las revisiones e inspecciones adecuadas, en cualquier caso, la causa del accidente es accidental y no criminal.

"Por lo tanto, no se aprecian indicios de delito, sin perjuicio de posibles responsabilidades civiles que se abordarán en el ámbito jurisdiccional civil. De acuerdo con lo establecido en el artículo 641-1º y, en su caso, en el artículo 779.1.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede el cierre provisional de las diligencias", declara el juez a cargo del caso.

En vista del informe sobre la instalación, reforma, mantenimiento y revisiones, en el cual se identifican posibles responsabilidades no penales, el juez ha remitido una copia del mismo a la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León, para su acción administrativa, y al Ayuntamiento de Valladolid en relación al local ubicado en la planta baja del edificio.

A lo largo de su auto, el juez destaca la labor de investigación llevada a cabo por la Policía Nacional, que describe como ardua, así como la labor de los bomberos y otros técnicos involucrados en asegurar el edificio y determinar su viabilidad.

El incidente afectó principalmente al material inflamable de los apartamentos 1º A, B y C, y en menor medida a la fachada de los apartamentos superiores.

Entre los elementos encontrados en el local ubicado debajo del apartamento 1º C, los bomberos localizaron dos botellas de butano y una botella de camping gas, las cuales no presentaban daños en su estructura o válvulas de suministro.

En cuanto a la casa de la fallecida, se encontró que la ventana de la habitación derecha había sido desplazada por la explosión a una distancia de más de 80 metros, lo que da una idea de la magnitud del suceso.