El Supremo confirma que los planes de calidad del aire en Castilla y León deben ser zonificados
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la Junta de Castilla y León contra la anulación del Plan de mejora de la calidad del aire por ozono troposférico en 2021. La resolución establece que los planes autonómicos deben incluir medidas específicas para cada zona delimitada, no un único plan general. La sentencia responde a una interpretación del artículo 16 de la Ley 34/2007 y del artículo 24 del Real Decreto 102/2011, que exigen identificar zonas y establecer medidas concretas en cada una. La Junta recurrió alegando que un plan único sería suficiente, pero el tribunal aclaró que la normativa requiere zonificación y acciones específicas para áreas con niveles de contaminación superados. La decisión implica que futuras políticas de calidad del aire en Castilla y León deberán precisar medidas diferenciadas por zonas, lo que podría alterar la planificación y gestión ambiental en la comunidad. La sentencia reafirma la necesidad de adaptar las planes a la regulación vigente, en un contexto donde la coordinación política y la protección ambiental son prioridades del Gobierno autonómico. En el contexto político, esta resolución refuerza la postura de los tribunales en la defensa de una gestión ambiental más detallada y territorializada, en línea con las directrices europeas y nacionales. La comunidad deberá revisar sus estrategias para cumplir con la normativa, en un escenario donde la protección del aire se mantiene como un reto prioritario. La decisión del Supremo marca un precedente que podría afectar futuras actuaciones administrativas y políticas de gestión ambiental en Castilla y León y otras comunidades autónomas.