Crónica Castilla y León.

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El Tribunal Superior de Justicia impone 15 años de prisión a un cuidador por agresiones sexuales a dos menores en Salamanca.

El Tribunal Superior de Justicia impone 15 años de prisión a un cuidador por agresiones sexuales a dos menores en Salamanca.

En Salamanca, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la dura sentencia de la Audiencia Provincial que condenó a un individuo a 15 años de cárcel por realizar agresiones sexuales a dos pequeñas de menos de cuatro años.

El condenado fue empleado en julio de 2023 tras haber sido solicitado por una madre a través de la plataforma 'Topnanny'. Su tarea consistía en cuidar a sus hijas, que nacieron en 2019 y 2021. Este insólito episodio se desarrolló durante tres sábados consecutivos, donde el acusado estuvo a cargo de las niñas durante un periodo de aproximadamente cuatro horas cada día.

Durante las visitas a su hogar, el acusado, en un momento de descuido, se aprovechó de la inocencia de las menores. Según revelan las pruebas, en al menos una ocasión, el individuo bajó las braguitas de las niñas para realizar tocamientos inapropiados en sus partes íntimas y llevar a cabo otras acciones indecorosas.

Frente a estos actos, la Audiencia Provincial no dudó en declarar al acusado culpable de agresiones sexuales contra menores. Como resultado, se le impuso una pena de siete años y seis meses de prisión por cada uno de los dos delitos. Además, se estableció una restricción para que el condenado no se acerque a menos de 250 metros de las víctimas ni se comunique con ellas durante una década. Asimismo, se le inhabilitó para cualquier profesión que implique contacto con menores por trece años.

En términos de reparaciones, el tribunal fijó una indemnización de 3.500 euros para cada una de las menores afectadas, un intento de compensar el daño causado.

La defensa del acusado argumentó que no había pruebas concluyentes que confirmaran que los tocamientos ocurrían en cada uno de los días que estuvo al cuidado de las niñas. También se adujeron errores en la valoración de las pruebas y en la determinación de la responsabilidad civil, apelando a la presunción de inocencia.

A pesar de las alegaciones de la defensa, el Tribunal Superior desestimó el recurso, afirmando que el testimonio de una de las víctimas era suficiente para justificar la condena. Los jueces consideraron que se había demostrado, más allá de toda duda razonable, que el acusado efectivamente cometió las agresiones, corroborando así la veracidad de los actos mencionados en la sentencia.