SORIA, 9 Oct.
La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Soria a un varón que agredió a otros dos a los que golpeó con sendos objetos de cristal en los ojos, causándoles heridas de gravedad, de manera especial a uno de ellos.
Se ha confirmado la condena de siete años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Soria al hombre que agredió a dos personas, causándoles lesiones graves en los ojos. Las víctimas fueron golpeadas con objetos de cristal, resultando una de ellas con heridas más severas.
Además de la condena de prisión, el agresor también deberá indemnizar a las víctimas. La primera víctima recibirá una compensación de 52.942.000 euros, ya que tuvo que someterse a dos cirugías y tardó 309 días en recuperarse. La segunda víctima recibirá una indemnización de 8.890 euros, ya que sus lesiones sanaron en un plazo de 15 días. Ambas víctimas sufren también daños estéticos debido a la agresión.
El incidente tuvo lugar en marzo de 2018 en un establecimiento de la calle Rota de Calatañazor. Después de un altercado inicial, todas las personas involucradas continuaron en el local sin mayores problemas. Sin embargo, el agresor tomó represalias más tarde, golpeando a las víctimas en los ojos con objetos de cristal.
El acusado admitió los hechos ante la policía el mismo día de la agresión, pero posteriormente negó haber sido el responsable. Su defensa solicitó su absolución, argumentando que actuó movido por el miedo. También solicitó una atenuante basada en su confesión inicial.
A pesar de esto, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León consideró que no procedía aplicar la atenuante, ya que el acusado negó su culpabilidad durante el juicio. También consideró desproporcionada la reacción del agresor y, por lo tanto, rechazó la solicitud de absolución.
En consecuencia, se ha ratificado la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Soria, y se han impuesto las costas del recurso al acusado. Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular de la primera víctima han apelado la sentencia.
La sentencia del TSJCyL puede ser apelada ante el Tribunal Supremo por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.