Crónica Castilla y León.

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El Tribunal Supremo ratifica condena de 9 años por abuso sexual a una amiga de la hija mientras dormía.

El Tribunal Supremo ratifica condena de 9 años por abuso sexual a una amiga de la hija mientras dormía.

VALLADOLID, 23 de octubre. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por L.A.A.S., un hombre paraguayo, en contra de la condena dictada por la Audiencia de Valladolid. Esta sentencia había determinado una pena de nueve años y un día de prisión por un delito de abuso sexual continuado sobre una niña de 9 años, quien era amiga de su hija. Según los hechos probados, el acusado ingresó en la habitación donde ambas dormían para realizar tocamientos indebidos.

La Audiencia de Valladolid, en su fallo de la Sección Cuarta, ya había ratificado la condena el 24 de enero, y ahora el Supremo ha hecho lo mismo, haciendo que la pena sea firme. Además, se impone la inhabilitación del condenado para ejercer el derecho de sufragio pasivo mientras dure la condena, y se prohíbe la comunicación con la víctima, así como acercarse a ella o a su lugar de residencia y estudio a menos de 200 metros durante diez años y un día, tal como han indicado fuentes jurídicas a Europa Press.

Adicionalmente, la sentencia establece un periodo de libertad vigilada de cinco años que comenzará una vez cumplida la pena de prisión, y se impone una inhabilitación para cualquier trabajo que implique contacto directo con menores de edad durante el mismo tiempo. En cuanto a la responsabilidad civil, L.A.A.S. deberá indemnizar a la niña con 9.000 euros por daños morales, más los intereses legales desde la fecha de la sentencia. Las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular, recaerán sobre él.

La declaración de la menor, realizada en el Juzgado de Instrucción el 11 de enero de 2023, fue la principal evidencia en este caso. El relato de la víctima fue reproducido durante el juicio como prueba preconstitutiva, donde se describieron los detalles de los eventos que llevaron a los abusos. Su testimonio fue considerado válido y convincente, incluso por ser la única prueba presentable, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

A lo largo del juicio, el acusado se declaró inocente y sugirió que la denuncia de la madre de la menor podría ser parte de una vendetta personal o económica, dado que supuestamente tuvo una relación extramarital con ella en el pasado. Según L.A.A.S., estas acusaciones se basaban en un deseo de venganza por parte de la madre.

El hombre admitió que la niña pasó la noche en su casa en varias ocasiones, pero negó haber realizado cualquiera de los actos que se le imputaban. Afirmó que su entrada en la habitación donde estaban las niñas no supuso ninguna acción delictiva, destacando que solo fue al balcón a fumar y que nunca tocó a la menor.

Sin embargo, su versión fue desmentida por un video presentado como prueba, que contenía la declaración anterior de la menor a las psicólogas, quienes la consideraron creíble. En esta grabación, la niña detalló cómo el acusado había entrado en la habitación y la había agredido sexualmente, introduciendo dos dedos en su vagina mientras ella intentaba resistirse.

La madre de la víctima, que rechazó haber tenido una relación con L.A.A.S., afirmó que nunca sospechó de los abusos, ya que existía una "absoluta confianza" entre ella y el acusado. Fue sólo cuando la niña comenzó a llorar en un bar y le confesó lo ocurrido que se enteró del horror que había sufrido su hija. Durante esa conversación, el acusado desestimó haber tocado a la niña, una frase que inquietó a la madre.

El juicio también contó con testimonios de la esposa y la hija del acusado, quienes confirmaron su versión de la historia, alegando que era imposible que él hubiera abusado de la amiga de su hija mientras ambas dormían en la misma cama, argumentando que siempre estuvo presente y despierta en esas noches.