Crónica Castilla y León.

Crónica Castilla y León.

TS ratifica sentencia contra V. Alonso por daños ambientales en mina de León y ordena indemnización de 24 millones.

TS ratifica sentencia contra V. Alonso por daños ambientales en mina de León y ordena indemnización de 24 millones.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de prisión para el empresario minero Victorino Alonso por daños medioambientales en un espacio protegido con la explotación de la mina de carbón a cielo abierto 'Nueva Julia', en el término municipal de Cabrillanes (León).

El recurso de casación interpuesto por el condenado, que incluía diez motivos, ha sido desestimado por el tribunal, reiterando la sentencia de la Audiencia Provincial de León, en la que se impuso la pena de prisión y el pago de 24.346.882 euros en concepto de responsabilidad civil, por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.

El Supremo también ha declarado la responsabilidad civil subsidiaria, en el pago de la citada cantidad, de la entidad Minero Siderúrgica de Ponferrada SA y su sucesora Coto Minero del Cantábrico.

La empresa tenía licencia urbanística concedida por el Ayuntamiento de Cabrillanes, pero el tribunal considera que los trabajos de explotación se deberían haber circunscrito a labores a realizar en el perímetro de Suelo Rústico Común, y no en Suelo Rústico de Protección Natural Pastizal y Matorral ni en Suelo Rústico con Protección de Espacios Naturales de Interés Especial, donde se realizaron ilegalmente.

La promotora invadió terrenos pertenecientes al municipio de Villablino, lo que ocupó un terreno de 18,8 hectáreas del Monte 280 protegido por la Red Natura 2000. Según el tribunal, la entidad promotora "no llevó a cabo los trabajos de restauración en la forma y condiciones previstas en la Declaración de Impacto Ambiental, siendo la extensión de terreno dañado 424,49 hectáreas.

La sentencia concluyó que es procedente la condena del recurrente como autor de un delito doloso, "como consecuencia del dominio funcional de la actividad que realizaba su empresa, por el control que sobre la misma tenía como jefe, gestor y dueño de tal actividad", y rechaza, por incompatibles, los argumentos de la defensa relativos a la tesis de la imprudencia.

La pena impuesta por el tribunal sentenciador es considerada razonable tras tener en cuenta las circunstancias de agravación que concurren en este caso, la enorme extensión de la zona afectada, más de 400 hectáreas, los más de cuatro años que duró la explotación, la enorme gravedad de los daños y riesgos ocasionados, y los más de veinticinco millones en que se calculó la reparación de estos.

La indemnización no es excesiva y fue fijada teniendo en cuenta la cuantificación objetiva, autorizada en Consejo de Ministros con fecha 25 de octubre de 2019, para la rehabilitación medioambiental de la explotación de carbón a cielo abierto 'Nueva Julia'.