El Tribunal Supremo ordena al Gobierno compensar a empresa burgalesa tras expropiación de 11.700 mascarillas.
En un importante fallo, el Tribunal Supremo ha dictado que el Gobierno debe indemnizar a una empresa con la suma de 146.587,70 euros, más intereses, tras la expropiación de material sanitario en marzo de 2020, en medio del estado de alarma por la pandemia de COVID-19.
Este veredicto se produce luego de que la compañía presentara un recurso contencioso-administrativo, dado que se había desestimado su solicitud inicial de indemnización por los daños sufridos. La exigencia de este pago se produce en un contexto donde el Supremo ha tratado diversos casos relacionados con la reclamación de pérdidas económicas debido a la pandemia, pero aquí se aborda una situación diferente, enfocada en la expropiación de bienes.
El caso llegó a la máxima instancia judicial después de que el Ministerio de Sanidad no respondiera a la primera reclamación de la empresa, presentada en mayo de 2020. Esto llevó a que el asunto fuera sometido a diversas instancias, iniciando su recorrido por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos, pasando por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y finalmente a la Audiencia Nacional.
En el análisis realizado por el Tribunal Supremo en octubre de 2023, se discutieron reclamaciones de hosteleros cuya indemnización fue rechazada, argumentando que las pérdidas económicas durante la pandemia no generaban el derecho a compensación. Sin embargo, la corte aclaró que el caso de la empresa es distinto, ya que el perjuicio reclamado está directamente relacionado con la expropiación de bienes y no con la mera afectación económica de las restricciones.
La sentencia destaca que el 18 de marzo de 2020, las fuerzas de seguridad confiscaban una considerable cantidad de equipo de protección, que incluía guantes, mascarillas y otros insumos esenciales para la salud pública. Ante esta situación, la empresa afectada solicitó formalmente compensación por la expropiación forzosa.
A pesar de presentar su reclamación ante la Delegación del Gobierno en Castilla y León, el proceso se vio obstaculizado por la desestimación del Jurado Provincial de Expropiación, que alegó no tener competencia en el asunto. Así, la empresa decidió llevar el caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en busca de justicia.
Al llegar a la corte suprema, la Abogacía del Estado defendió la peculiaridad del caso, argumentando que la comunidad autónoma implicada debería asumir la responsabilidad patrimonial por la expropiación realizada. Los jueces consideraron que se cumplían los requisitos necesarios para que se reconociera esta responsabilidad, aunque el debate se centró en la cuantía de la indemnización.
La compañía había solicitado una cantidad superior a 174.000 euros, que incluía tanto el valor de los bienes como el IVA correspondiente. Sin embargo, el Supremo estableció que la compensación justa sería de 146.587,70 euros, agregando el premio de afección y los intereses legales a partir del 19 de marzo de 2020. La corte también dictó que las costas del proceso, hasta un máximo de 4.000 euros, serían asumidas por la parte recurrida.
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