Crónica Castilla y León.

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Junta otorga 14.653 euros a familia de niño herido en colegio de Valladolid.

Junta otorga 14.653 euros a familia de niño herido en colegio de Valladolid.

VALLADOLID, 18 de marzo.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid ha dictado una sentencia que obliga a la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León a compensar con 14.653 euros a unos padres que representaban a su hijo menor de 11 años. Esta decisión se basa en el reconocimiento de la responsabilidad de la Administración por un accidente que ocurrió en un colegio del municipio de Tudela de Duero.

El accidente tuvo lugar el 8 de junio de 2022, cuando el niño, que asistía al CEIP Lola Herrera, sufrió un empujón por parte de otro compañero durante el recreo mientras jugaban al fútbol. Como resultado, el menor se estampó contra uno de los muros perimetrales del colegio, provocándole una fractura y luxación en el codo izquierdo, así como un traumatismo craneo-facial leve que incluyó la pérdida de piezas dentales y una herida en el labio.

Tras intentar resolver la situación por la vía administrativa sin éxito, los padres decidieron llevar el caso a los tribunales. A través del abogado Santiago Díez, de la Asociación 'El Defensor del Paciente', se argumentó de manera convincente que la lesión del menor estaba directamente relacionada con la falta de supervisión en el centro educativo.

Según información recabada por la mencionada asociación y publicada por Europa Press, durante el recreo, aproximadamente 25 alumnos de 5º de Primaria estaban jugando al fútbol con un balón proporcionado por el colegio, mientras otros 10 niños más pequeños disfrutaban del parque de juegos cercano. La situación de escasa vigilancia era evidente: solo había una profesora encargada de supervisar a ambos grupos, lo que claramente no era suficiente, sobre todo teniendo en cuenta la necesidad de atención que requerían los alumnos más jóvenes.

Aunque la administración alegó que esta profesora debía encargarse de la supervisión de todos los estudiantes, se demostró en juicio que su atención estaba focalizada en los niños de Infantil, dejando sin supervisión a los alumnos de 5º de Primaria, quienes quedaron desprotegidos durante el recreo.

La sentencia del tribunal señala que la carencia de vigilancia por parte del profesorado es la razón fundamental que establece la responsabilidad patrimonial de la Administración. Se destaca que, aunque los niños estaban participando en un juego considerado no peligroso, la ausencia de un profesor observante puede dar lugar a comportamientos imprudentes, especialmente teniendo en cuenta la proximidad de un muro perimetral.

Así, se reafirma la conexión entre el fallo en la supervisión por parte de la Consejería de Educación y las lesiones sufridas por el menor, lo que lleva a la condena de la Administración a indemnizar a la familia con la cantidad mencionada. Esto evidencia que el servicio educativo no solo se limita a la instrucción académica, sino que también abarca la obligación fundamental de cuidar y proteger a los alumnos mientras se encuentran en el centro educativo.