Crónica Castilla y León.

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TSJCyL ratifica la pena a Centeno en el caso 'Meseta Ski' y exonera a Pariente por lapsus temporal.

TSJCyL ratifica la pena a Centeno en el caso 'Meseta Ski' y exonera a Pariente por lapsus temporal.

VALLADOLID, 14 de octubre.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha emitido un fallo que mantiene la condena que pesaba sobre el exalcalde de Olmedo, Alfonso Centeno, relacionado con el caso conocido como 'Meseta Ski'. Sin embargo, el tribunal ha decidido absolver al vicepresidente de la Sociedad Provincial de Desarrollo (Sodeva), Pedro Pariente, quien quedará libre de cualquier cargo tras considerar que el delito correspondiente ha prescrito.

Después de analizar los recursos presentados por ambos implicados, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha desestimado la apelación de Centeno, quien deberá cumplir con una inhabilitación especial que se extiende durante nueve años y un mes por un delito continuado de prevaricación administrativa. Por su parte, la apelación de Pariente ha sido aceptada, lo que implica su absolución tras ser inicialmente condenado a siete años y tres meses de inhabilitación.

El tribunal ha argumentado que el delito de prevaricación continúa vigente en el caso de Centeno, dado que el plazo de prescripción de 15 años no ha expirado en el momento en que se presentó la acusación. En cambio, la defensa de Pariente ha argumentado que su papel en la controversia se limitó a una única decisión administrativa, lo que significa que el marco de prescripción aplicable sería de 10 años y, por lo tanto, el delito estaría prescrito.

El caso se remonta a las irregularidades en la construcción de un centro de ocio en Villavieja del Cerro, que incluía dos pistas de esquí seco. Estas anomalías llevaron a la dimisión de Centeno una semana después de que se dictara la condena. Junto a ellos, otros acusados, como el arquitecto Valentín González y el jefe de Urbanismo de la Diputación, Luis Torroglosa, fueron absueltos de los cargos presentados en su contra.

La condena determinó que hubo modificaciones sustanciales en el proyecto original sin justificación técnica o económica, incrementando el coste en aproximadamente tres millones de euros, lo que representaba un aumento del 75% del presupuesto inicial. Las alteraciones también impactaron en la superficie esquiable de las pistas, cambiando notablemente tanto el material como las dimensiones, sin seguir los procedimientos legales adecuados.

El tribunal subrayó que la modificación del contrato se hizo sólo cuatro meses después de su firma original, sin un nuevo proceso de contratación que garantizara la transparencia y la libre competencia, lo que violó las normativas establecidas para este tipo de acuerdos públicos.

Además, no se notificó a la otra empresa que había participado en la licitación sobre este proyecto complementario, evidenciando una clara violación del procedimiento contractual vigente y el contrato preexistente.

En este contexto, tanto la Fiscalía como los representantes de la acción popular, como el grupo Valladolid Toma la Palabra y Ecologistas en Acción, solicitaron la inhabilitación de los implicados, mientras que las defensas abogaron por su absolución. Se ha reclamado, además, una indemnización de 11,5 millones de euros para cubrir el daño económico ocasionado a Sodeva y la Diputación.